Iniciar una reclamación por ruido puede resultar un camino complicado pues pone a prueba nuestra paciencia.
Pero no te dejes vencer por el desánimo, nosotros estamos aquí para acompañarte con nuestra experiencia y hacer el proceso más fácil.
Lo primero que tienes que comprobar es que tu problema de ruido es reclamable. La forma más fácil de hacerlo es rellenando el formulario de reclamación por ruido.
Te haremos varias preguntas para entender tu problema, probablemente contactaremos contigo para conocer más detalles y al final te diremos si es reclamable. Casi siempre lo es.
Recuerda que con el envío del formulario no te comprometes con nostros. Nos sirve para evaluar tu caso preliminarmente comprobando su viabilidad.
Quiero consultar mi caso gratisDespués de estudiar la situación que nos planteas, te enviamos un informe. El informe te da información detallada de tu caso, explicando qué se puede reclamar (cesación ruido, indemnización por daños morales, daños psicofísicos, etc.). En ese mismo informe te explicamos los distintos escenarios que pueden darse, una vez que sigamos hacia delante.
En el informe también te contamos cuánto te va a costar.
Consejo: Recuerda leer bien el informe y pregúntanos cualquier duda que te surja. Es importante que lo entiendas bien.
Cuando recibes el informe, te pedimos que nos digas si lo aceptas. Es un paso importante, porque una vez que lo aceptas, ya vamos a iniciar las actuaciones.
Siempre intentamos, antes que nada, negociar un acuerdo con el causante del ruido o en su caso con el Ayuntamiento.
Si no hay acuerdo o el Ayuntamiento no actúa, ponemos en marcha toda la maquinaria. Primero mandamos requerimientos por escrito para que quede constancia y, además, efectuamos una medición acústica ajustada a lo que marca la ley. Después presentamos la demanda ante el Juzgado competente de tu localidad.
Un proceso judicial es algo tedioso una vez que entra en el juzgado, pero te informamos de cada paso y estamos a tu disposición para resolver tus dudas a lo largo del proceso. Cada caso tiene un plazo de resolución distinto, pero te iremos informando de cómo avanza.
Si el juez dicta sentencia favorable, significa que hemos ganado el caso. Te informaremos sobre la sentencia y sobre cómo haremos que se cumpla (cesación del ruido y, en su caso, percepción de la indemnización). No te preocupes si la otra parte recurre, se puede pedir que se ejecute la Sentencia de forma provisional.
Si el juez dicta sentencia desfavorable (cosa bastante improbable, ya que tenemos una elevadísima tasa de éxito en nuestros asuntos), significa que hemos perdido el caso. Pero juntos estudiaremos si es viable recurrir y acudir a una segunda instancia para revisar tu caso.
Además, cabe la posibilidad de llegar a un acuerdo a lo largo del proceso. Si la otra parte cede y quiere negociar, se acortan los plazos de resolución.
Tanto si ha habido acuerdo extrajudicial como si ha habido sentencia favorable, te informaremos y te explicaremos como haremos que se cumpla lo acordado o se ejecute la sentencia (cesación de la actividad ruidosa y percepción de la indemnización que te pueda corresponder).
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