Reclamación por ruido | CERORUIDOS.COM
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Reclamaciones por ruido

Vivir en paz y tranquilo es un derecho

Reclama frente a ruidos molestos.

Cero Ruidos

Somos expertos en actuar legalmente frente al ruido sea del tipo que sea y defendemos a los afectados por el mismo.

En España estás protegido frente al ruido tanto por nuestra Constitución como por distintas Leyes y Reglamentos. Tus derechos fundamentales contra el ruido son el derecho a la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la integridad física y moral. Todo lo anterior implica que puedes exigir que acabe el ruido que tanto te molesta y que además se te indemnice.

Tu DNI o NIE y firmar la autorización de representación que te facilitamos en nuestro formulario. Si además tienes documentación al respecto como reclamaciones previas, informes médicos, mediciones de ruido, etc. nos la puedes enviar.

Una vez recibida la documentación y la autorización tratamos de llegar a un acuerdo con el causante del ruido y, en su caso, contactamos con el Ayuntamiento. Si no hay acuerdo o el Ayuntamiento no actúa, ponemos en marcha toda la maquinaria. Primero mandamos requerimientos por escrito para que quede constancia y, además, efectuamos una medición acústica ajustada a lo que marca la ley. Después presentamos la demanda ante el Juzgado competente de tu localidad.

Requerimiento Ruidos
Ejemplo real de requerimiento
Sentencia Ruidos
Ejemplo real de sentencia

Ya sea porque hay acuerdo, porque hay actuación del Ayuntamiento o por vía judicial, lo que solicitamos es el cese inmediato del ruido y, en su caso, una indemnización por daño moral y, si procede, por daños y perjuicios psicofísicos.

Hacemos todo lo posible para que el ruido acabe de una vez por todas y, si procede, te indemnicen. A veces los tiempos no están en nuestras manos, pero ten por seguro que cuanto antes actúes, antes acabará el problema.

Rellenas el formulario y nos lo mandas
Entre 1 y 7 días
Contactamos para ver tu caso con el objetivo de presentarte un informe. En este informe te indicamos los pasos a seguir en tu caso y el coste. Entonces, decides si quieres contar con nuestra ayuda y, si es así, formalizamos legalmente la relación para que podamos defenderte e iniciar el proceso.
De 1 a 3 días contactamos con el causante del ruido y, en su caso, con el Ayuntamiento
Una vez contactados vemos si hay respuesta favorable del causante del ruido y, en su caso, del Ayuntamiento (suele tardar unos días)
Si en 10 a 20 días no sabemos nada o la respuesta no es favorable, preparamos una medición acústica en menos de 3 días
Entre 2 y 8 días
Preparamos una demanda y vamos a juicio. Si es posible solicitamos junto a la demanda una Medida Cautelar de paralización de la actividad ruidosa para que esté vigente durante la duración del procedimiento judicial.
Una vez obtenida sentencia (dependemos aquí del Juzgado) pedimos que se ejecute la misma
Cese del ruido y sus molestias además de pago de indemnización concedida y costas judiciales.
Para más detalle consulta nuestra guía