ruido como denunciar vecino

Lamentablemente muchos de nosotros tenemos vecinos molestos que nos perturban causando ruidos. En España las molestias por ruidos son muy habituales. El Instituto Nacional de Estadística INE cifra en un 14,1% el porcentaje de población que sufre problemas de ruidos producidos por vecinos o del exterior. Estamos hablando de más de seis millones y medio de personas.

Un vecino no tiene derecho a molestarnos con ruidos. Es necesario entender que su derecho termina donde empieza el nuestro.

Hay límites de ruido que se deben cumplir

Por regla general los límites de ruido están contemplados tanto en la Ley del Ruido estatal como en las distintas Ordenanzas Municipales con pequeñas variaciones entre ellas. En algunas Comunidades Autónomas también existe normativa sobre ruidos que se complementa con la normativa estatal. Todas estas leyes y normas fijan lo que se denomina límites objetivos de ruido –medidos en decibelios dBA– que nunca pueden ser rebasados.

De todas maneras y a pesar de existir dichos límites objetivos fijados en la normativa en el ámbito domiciliario existe otra clase de límite que es el denominado normal o adecuado uso de la vivienda. Es decir, que si alguien hace ruido sin rebasar los decibelios establecidos por norma puede estar rebasando este otro límite del normal uso de la vivienda si realiza actividades tales como cantar, arrastrar muebles, poner música, hacer fiestas, etc. que resulten molestas para sus vecinos.

También se estará rebasando dicho límite si se realizan actividades profesionales ruidosas en dicho domicilio, por ejemplo, ensayar música 10 horas diarias.

Veamos cómo podemos actuar.

  • Ante un vecino ruidoso lo primero que deberíamos hacer es intentar dialogar con él y hacerle ver que su conducta no está perjudicando gravemente. En algunas ocasiones se puede solucionar así el tema.
  • Si la persona en cuestión no atiende a razones el siguiente recurso que tenemos es intentar una mediación por parte del Administrador o del Presidente de la Comunidad de vecinos.
  • En caso de que no se llegue a ninguna solución se puede acudir ante la justicia civil. Lo puede hacer tanto la persona o personas afectadas directamente utilizando los mecanismos del Código Civil o la propia Comunidad de vecinos utilizando los mecanismos establecidos en la Ley de Propiedad Horizontal.
  • Por tanto se puede acudir ante un tribunal para que adopte medidas correctoras y vuelva todo a la normalidad. Incluso se puede solicitar que el Juez prive al productor del ruido del uso de su domicilio y en algunos supuestos que indemnice a los perjudicados.
  • No debemos olvidar que también se puede acudir ante el Ayuntamiento o la Policía Local para que aperciban al vecino ruidoso y en su caso realicen una medición sonora. A veces ante este tipo de solicitud no tenemos respuesta pero no está de más probarlo.
  • Es importante señalar, por último, que en el caso de ir a juicio será muy recomendable tener en nuestro poder la prueba suficiente. Entre otros medios de prueba la más importante es la medición sonora. Si el Ayuntamiento mide nos podrá servir su informe de medición. En caso contrario será muy conveniente contratar a un técnico privado especializado en acústica para que mida y nos haga un informe.

Recuerda que en CERORUIDOS.COM podemos representarte, asesorarte y ayudarte en estos pasos.